¿Después de la validación el usuario puede modificar la configuración o parámetros? [10.13] R. Tanto la unidad electrónica como la unidad de transmisión deben tener la capacidad de cambiar la contraseña, durante la inspección la clave es modificada y esta se reporta únicamente a la autoridad.
¿Qué conforma el ítem a verificar? [3.22] R. La selección e instalación del medidor o sistema de medición y sus componentes, así como la operación del sistema y transmisión de datos.
¿Cuándo debo de hacer la verificación?
[10.2]
30 días naturales posteriores a la instalación del medidor por primera vez o posterior a una reparación.
medidores con partes móviles cada año, medidores sin partes móviles cada siete años
se puede dar una verificación extraordinaria, donde puede ser realizada por la comisión nacional de agua o por la unidad de verificación acreditada a quien instruya la citada comisión
¿Cuál es la diferencia entre un PSI (Prestador de servicios integrados) y una UI (Unidad de inspección)?
[3.12] R. El PSI es la figura prevista para realizar la selección, instalación, operación y transmisión de los datos provenientes de medidores y sistemas de medición de volúmenes de agua nacionales. Por su parte la Unidad de inspección realiza el procedimiento de evaluación de la conformidad indicado en el inciso 10 de la NMX-AA-179-SCFI-2018 y emite un dictamen de cumplimiento en caso de cumplir cumplirse los requisitos previstos.
¿Para que mi sistema sea conforme a la norma es necesario contar con el dictamen/reporte de PSI?
[6.7] R. Sí, El PSI debe emitir un reporte por cada actividad realizada (selección, instalación, operación y transmisión). Estos reportes serán solicitados por la UI como parte de la documentación revisada en el proceso de inspección.
PREGUNTAS FRECUENTES
[10.13] R. Tanto la unidad electrónica como la unidad de transmisión deben tener la capacidad de cambiar la contraseña, durante la inspección la clave es modificada y esta se reporta únicamente a la autoridad.
[3.22] R. La selección e instalación del medidor o sistema de medición y sus componentes, así como la operación del sistema y transmisión de datos.
[10.2]
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/552628/NMX-AA-179-SCFI-2018.pdf
[3.12] R. El PSI es la figura prevista para realizar la selección, instalación, operación y transmisión de los datos provenientes de medidores y sistemas de medición de volúmenes de agua nacionales. Por su parte la Unidad de inspección realiza el procedimiento de evaluación de la conformidad indicado en el inciso 10 de la NMX-AA-179-SCFI-2018 y emite un dictamen de cumplimiento en caso de cumplir cumplirse los requisitos previstos.
[6.7] R. Sí, El PSI debe emitir un reporte por cada actividad realizada (selección, instalación, operación y transmisión). Estos reportes serán solicitados por la UI como parte de la documentación revisada en el proceso de inspección.